Autoridad Nacional del Agua articula lineamientos para aprobar tarifas por uso de agua con fines de uso energéticos

Nota de prensa
Se analizó lineamientos para determinar y aprobar la tarifa por uso de infraestructura mayor y menor en el ámbito de la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque-Zarumilla.

27 de junio de 2015 - 5:26 p. m.

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) del Ministerio de Agricultura y Riego, a través de la Autoridad Administrativa del Agua (AAA) Jequetepeque Zarumilla, desarrolló una reunión de trabajo con las Administraciones Locales de Agua de Chira, Medio y Bajo-Piura, Chancay-Lambayeque y Jequetepeque, para uniformizar criterios y procedimientos en el proceso de aprobación de tarifas por uso de agua con fines de uso energético.

Durante la reunión de trabajo se analizó los lineamientos para determinar y aprobar la tarifa por uso de infraestructura mayor y menor, aprobado con Resolución Jefatural N° 365-2014-ANA; además se evaluó los casos presentados por las Administraciones Locales de Agua, orientándose a los asistentes a seguir los procedimientos de manera correcta para evitar recursos impugnatorios a las resoluciones que aprueba dicha tarifas.

Marcos Castillo Mimbela, director de la Autoridad Administrativa del Agua, expresó que en el marco de la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento, todos los que usen el agua deben pagar la tarifa para financiar los presupuestos de operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica a cargo de los operadores. En el caso de las empresas generadoras de energía eléctrica que mantengan compromisos, convenios o acuerdos, con los operadores que contemple desembolsos económicos destinados a la operación, mantenimiento o desarrollo de la infraestructura hidráulica continúan vigentes y dichos desembolsos deben ser considerados como pago de tarifa.

Los recursos económicos provenientes de la tarifa deben ser utilizados exclusivamente en la operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica. La Autoridad Nacional del Agua tiene la responsabilidad de supervisar y fiscalizar a los operadores por intermedio de las Administraciones Locales de Agua.

Piura, 26 de junio de 2015