ANA intensificó supervisión, control y vigilancia de extracción de material ríos Nasca y Palpa
Nota de prensa29 de agosto de 2024 - 3:27 p. m.
La Autoridad Nacional del Agua (ANA), entidad adscrita del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), intensificó las actividades de supervisión, control y vigilancia de las operaciones de extracción de material de acarreo en los cauces naturales de los ríos en las provincias de Nasca y Palpa.
Esta acción tiene como principal objetivo proteger a la población y mitigar los impactos negativos, tanto humanos como ambientales, especialmente en las defensas ribereñas y las áreas de cultivo cercanas.
Solicitudes de diferentes municipalidades
En respuesta a solicitudes de diversas comunas locales bajo la jurisdicción de la Administración Local de Agua (ALA) Grande, la ANA emitió opiniones técnicas previas para autorizar la extracción de material de acarreo. Entre estos pedidos, se resalta la presentada por la Municipalidad del Centro Poblado Valle Las Trancas, que autorizó a una empresa realizar extracciones en el río Las Trancas.
Por su parte, la Municipalidad Provincial de Nasca ha gestionado ocho expedientes para la explotación de materiales en los ríos Aja, Tierras Blancas y Nasca.
Además, las municipalidades distritales de ríos Grande, Huac-Huas y Lucanas (Ayacucho) han solicitado permisos para realizar estas actividades en sus respectivas jurisdicciones.
Las empresas que reciben autorización por parte de la ANA deben cumplir con estrictos lineamientos técnicos que requieren que las labores de extracción se asemejan a trabajos de limpieza y mantenimiento de ríos.
Esto incluye el uso de maquinaria pesada para remover el material, recuperar la pendiente natural de los cauces y asegurar una sección estable en todo el tramo delimitado.
El administrador de la ALA Grande, Germán Flores Arizaca, destacó que la ANA realiza una constante supervisión y fiscalización de estas actividades para garantizar la conservación y el manejo sostenible de los recursos hídricos.
En caso de incumplimientos con lo estipulado en la “opinión técnica previa vinculante”, se procederá a iniciar un proceso administrativo sancionador por infracción a la legislación vigente en materia de recursos hídricos.