Opinión del Autoridad Nacional del Agua (ANA) respecto a Instrumentos de Gestión Ambiental

Informe

12 de marzo de 2024

La Autoridad Nacional del Agua emite opiniones técnicas vinculantes a los Instrumentos de Gestión Ambiental en materia de recursos hídricos, en el marco de lo establecido en el artículo 81 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 001-2010-AG y sus modificatorias., dicho artículo indica lo siguiente:

“Artículo 81.- Evaluación de impacto ambiental

Sin perjuicio de lo establecido en la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, para la aprobación de los estudios de impacto ambiental relacionados con el recurso hídrico se debe contar con la opinión favorable de la Autoridad Nacional”.

La opinión técnica de la Autoridad Nacional del Agua, esta orientada al desarrollo sostenible de los proyectos a fin de prevenir, minimizar y de ser caso compensar los posibles impactos a la calidad, cantidad y oportunidad del recurso hídrico; todo ello, mediante el análisis de la información remitida por el titular, donde se consideran principalmente los siguientes aspectos:

· Hidrología e hidrografía y Faja Marginal

· Inventarios de fuentes agua superficial y subterránea.

· Inventario de infraestructura hidráulica.

· Hidrogeología conceptual y/o numérica

· Calidad de agua superficial, subterránea y marina

· Usos de agua

La información generada por la ANA se encuentra disponible en la plataforma virtual  https://snirh.ana.gob.pe/onrh/

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