Resolución Jefatural N.° 104-2025-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UA
25 de agosto de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- RECONOCER el derecho a devolución de la penalidad retenida por error a la empresa EMR GRUPO CONSTRUCTOR S.A.C, por la suma total de S/ 555,709.53 (Quinientos Cincuenta y Cinco Mil Setecientos Nueve con 53/100), correspondiente al Ítem N° 02 del Contrato N° 031–2025–MIDAGRI–AGRO RURAL derivado de la CONTRATACIÓN DIRECTA N° 004–2025–MIDAGRI–AGRORUR–1, para el “SERVICIO DE EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES DE EMERGENCIA EN LA PROVINCIA DE NAZCA - ICA, EN EL MARCO DE LOS DECRETOS SUPREMOS N° 007 Y N° 021 – 2025 – PCM por los ITEM N° 01, 02 y 04.
ARTÍCULO 2°. - APLICAR LA PENALIDAD por concepto de otras penalidades, derivadas del ítem 02 del Contrato N° 031–2025–MIDAGRI–AGRO RURAL, la suma total de S/ 125,424.36 (Ciento veinticinco mil cuatrocientos veinticuatro con 36/100 soles), a la empresa EMR GRUPO CONSTRUCTOR S.A.C. devolviéndose el saldo restante
ARTÍCULO 1.- RECONOCER el derecho a devolución de la penalidad retenida por error a la empresa EMR GRUPO CONSTRUCTOR S.A.C, por la suma total de S/ 555,709.53 (Quinientos Cincuenta y Cinco Mil Setecientos Nueve con 53/100), correspondiente al Ítem N° 02 del Contrato N° 031–2025–MIDAGRI–AGRO RURAL derivado de la CONTRATACIÓN DIRECTA N° 004–2025–MIDAGRI–AGRORUR–1, para el “SERVICIO DE EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES DE EMERGENCIA EN LA PROVINCIA DE NAZCA - ICA, EN EL MARCO DE LOS DECRETOS SUPREMOS N° 007 Y N° 021 – 2025 – PCM por los ITEM N° 01, 02 y 04.
ARTÍCULO 2°. - APLICAR LA PENALIDAD por concepto de otras penalidades, derivadas del ítem 02 del Contrato N° 031–2025–MIDAGRI–AGRO RURAL, la suma total de S/ 125,424.36 (Ciento veinticinco mil cuatrocientos veinticuatro con 36/100 soles), a la empresa EMR GRUPO CONSTRUCTOR S.A.C. devolviéndose el saldo restante
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales de UA