Resolución Jefatural N.° 095-2025-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UA
11 de agosto de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Aprobar el procedimiento de selección no competitivo “Contratación del Servicio de Consultoría de Obra para la Supervisión de la Ejecución de Saldo de Obra: “Instalación del Servicio de Agua del Sistema de Riego de los Centros Poblados de La Nación Chopcca de los Distritos de Paucará y Yauli de las Provincias de Acobamba y Huancavelica del Departamento de Huancavelica”, con CUI N° 2192747”, conforme con lo establecido en el literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N° 32069 – Ley General de Contrataciones Públicas y el literal k) del numeral 100 del Reglamento de la Ley N° 32069, bajo la modalidad de pago de esquema mixto, por el monto de S/ 278,746.13 (Doscientos setenta y ocho mil setecientos cuarenta y seis con 13/100 soles) incluido IGV, adjudicado al CONSORCIO ACOBAMBA.
ARTÍCULO 2.- Encargar a la Sub Unidad de Abastecimiento que registre en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) los informes técnicos y legales, así como la presente resolución, que sustentan la aprobación de la mencionada contratación del procedimiento no competitivo, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de contratación pública.
ARTÍCULO 1.- Aprobar el procedimiento de selección no competitivo “Contratación del Servicio de Consultoría de Obra para la Supervisión de la Ejecución de Saldo de Obra: “Instalación del Servicio de Agua del Sistema de Riego de los Centros Poblados de La Nación Chopcca de los Distritos de Paucará y Yauli de las Provincias de Acobamba y Huancavelica del Departamento de Huancavelica”, con CUI N° 2192747”, conforme con lo establecido en el literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N° 32069 – Ley General de Contrataciones Públicas y el literal k) del numeral 100 del Reglamento de la Ley N° 32069, bajo la modalidad de pago de esquema mixto, por el monto de S/ 278,746.13 (Doscientos setenta y ocho mil setecientos cuarenta y seis con 13/100 soles) incluido IGV, adjudicado al CONSORCIO ACOBAMBA.
ARTÍCULO 2.- Encargar a la Sub Unidad de Abastecimiento que registre en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) los informes técnicos y legales, así como la presente resolución, que sustentan la aprobación de la mencionada contratación del procedimiento no competitivo, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de contratación pública.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales de UA