Resolución Jefatural N.° 096-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UIR
28 de diciembre de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR la Liquidación del Contrato N° 057-2022- MIDAGRI-AGRO RURAL, que tuvo como objeto el servicio de supervisión de la obra: “Rehabilitación del Dren Cascajal Bajo, Distrito de Chimbote, Provincia de Santa, Departamento de Ancash con código ARCC N° 890”, y se concluye que el costo final del servicio de consultoría para la supervisión de obra igual a S/. 31,188.29 (Treinta y Un Mil Ciento Ochenta y Ocho con 29/100 soles Inc.IGV.), con un saldo a cargo del contratista de - S/.88.26 (Ochenta y Ocho con 26/100 soles Inc. IGV), asimismo corresponde aplicar una penalidad por el monto de - S/. 1,142.64 (Mil Ciento Cuarenta y Dos con 64/100 soles inc. IGV), este resultado se origina por la aplicación de penalidad máxima del 10% por incumplimiento en otras penalidades, así también se ha calculado un monto de S/ 1,666.67 (Mil Seiscientos Sesenta y Seis con 67/100 soles), por concepto de formulación de Liquidación de Supervisión, el cual deberá ser descontada en la presente liquidación, en atención a las razones expuestas, cuyo detalle se adjunta en el Anexo N° 01 de la presente Resolución Jefatural.
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR la Liquidación del Contrato N° 057-2022- MIDAGRI-AGRO RURAL, que tuvo como objeto el servicio de supervisión de la obra: “Rehabilitación del Dren Cascajal Bajo, Distrito de Chimbote, Provincia de Santa, Departamento de Ancash con código ARCC N° 890”, y se concluye que el costo final del servicio de consultoría para la supervisión de obra igual a S/. 31,188.29 (Treinta y Un Mil Ciento Ochenta y Ocho con 29/100 soles Inc.IGV.), con un saldo a cargo del contratista de - S/.88.26 (Ochenta y Ocho con 26/100 soles Inc. IGV), asimismo corresponde aplicar una penalidad por el monto de - S/. 1,142.64 (Mil Ciento Cuarenta y Dos con 64/100 soles inc. IGV), este resultado se origina por la aplicación de penalidad máxima del 10% por incumplimiento en otras penalidades, así también se ha calculado un monto de S/ 1,666.67 (Mil Seiscientos Sesenta y Seis con 67/100 soles), por concepto de formulación de Liquidación de Supervisión, el cual deberá ser descontada en la presente liquidación, en atención a las razones expuestas, cuyo detalle se adjunta en el Anexo N° 01 de la presente Resolución Jefatural.
Esta norma pertenece a los compendios Liquidaciones de Obra, Resoluciones Jefaturales de UIR