Resolución Directoral Ejecutiva N.° 345-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE
11 de noviembre de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO del Procedimiento de Selección Adjudicación Simplificada N° 30-2024-MIDAGRI-AGRORUR-1, derivada del Concurso Público N° 2-2024-MIDAGRI-AGRORUR-1 de la contratación del “SERVICIO DE DESESTIBA Y ESTIBA DE VEINTE MIL TONELADAS DE SACOS DE GUANO DE LAS ISLAS EN EL TERMINAL PORTUARIO DE CHIMBOTE”, por haber incurrido en la casual contenida en el numeral 44.1 del artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 082- 2019-EF, por prescindir de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normativa aplicable, conforme a los fundamentos expuestos en el presente informe; en consecuencia, se deberá disponerse que se retrotraiga el procedimiento de selección hasta la etapa de la convocatoria, previa reformulación de los términos de referencia.
Artículo 1.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO del Procedimiento de Selección Adjudicación Simplificada N° 30-2024-MIDAGRI-AGRORUR-1, derivada del Concurso Público N° 2-2024-MIDAGRI-AGRORUR-1 de la contratación del “SERVICIO DE DESESTIBA Y ESTIBA DE VEINTE MIL TONELADAS DE SACOS DE GUANO DE LAS ISLAS EN EL TERMINAL PORTUARIO DE CHIMBOTE”, por haber incurrido en la casual contenida en el numeral 44.1 del artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 082- 2019-EF, por prescindir de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normativa aplicable, conforme a los fundamentos expuestos en el presente informe; en consecuencia, se deberá disponerse que se retrotraiga el procedimiento de selección hasta la etapa de la convocatoria, previa reformulación de los términos de referencia.
Esta norma pertenece al compendio Contratación Directa