Resolución Directoral Ejecutiva N.° 314-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE
13 de setiembre de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DECLARAR PROCEDENTE la solicitud de defensa legal presentada por el señor Luis Humberto Varona Manrique al amparo del numeral l) del artículo 35 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y del artículo 154 del Decreto Supremo N° 040-2014- PCM, Reglamento de la Ley N° 30057, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- DISPONER que la Unidad de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL adopten las acciones para contratación del servicio de defensa legal a favor del señor Luis Humberto Varona Manrique, y la ejecución de los gastos respectivos observando los límites que la ley establece en atención a lo dispuesto en el artículo precedente.
Artículo 1.- DECLARAR PROCEDENTE la solicitud de defensa legal presentada por el señor Luis Humberto Varona Manrique al amparo del numeral l) del artículo 35 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y del artículo 154 del Decreto Supremo N° 040-2014- PCM, Reglamento de la Ley N° 30057, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- DISPONER que la Unidad de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL adopten las acciones para contratación del servicio de defensa legal a favor del señor Luis Humberto Varona Manrique, y la ejecución de los gastos respectivos observando los límites que la ley establece en atención a lo dispuesto en el artículo precedente.
Esta norma pertenece al compendio Proceso administrativo disciplinario