Resolución Directoral Ejecutiva N.° 174-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE
22 de abril de 2024
SE RESUELVE:
Articulo 1°.- APROBAR, en vía de regularización, la contratación directa por situación de emergencia, conforme a lo establecido en el literal b) del numeral 27.1 del articulo 27 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones con el Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N°082-2019-EF y el inciso b.3) del literal b) del artículo 100 del Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344- 2018-EF y sus modificatorias en concordancia con el Decreto de Urgencia N° 030-2023 ‘DECRETO DE URGENCIA QUE DICTA MEDIDAS PARA LA EJECUCION DE INTERVENCIONES ANTE EL PELIGRO INMINENTE DE DÉFICIT HIDRICO Y POSIBLE OCURRENCIA DEL FENÓMENO EL NIÑO.
Articulo 1°.- APROBAR, en vía de regularización, la contratación directa por situación de emergencia, conforme a lo establecido en el literal b) del numeral 27.1 del articulo 27 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones con el Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N°082-2019-EF y el inciso b.3) del literal b) del artículo 100 del Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344- 2018-EF y sus modificatorias en concordancia con el Decreto de Urgencia N° 030-2023 ‘DECRETO DE URGENCIA QUE DICTA MEDIDAS PARA LA EJECUCION DE INTERVENCIONES ANTE EL PELIGRO INMINENTE DE DÉFICIT HIDRICO Y POSIBLE OCURRENCIA DEL FENÓMENO EL NIÑO
Articulo 1°.- APROBAR, en vía de regularización, la contratación directa por situación de emergencia, conforme a lo establecido en el literal b) del numeral 27.1 del articulo 27 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones con el Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N°082-2019-EF y el inciso b.3) del literal b) del artículo 100 del Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344- 2018-EF y sus modificatorias en concordancia con el Decreto de Urgencia N° 030-2023 ‘DECRETO DE URGENCIA QUE DICTA MEDIDAS PARA LA EJECUCION DE INTERVENCIONES ANTE EL PELIGRO INMINENTE DE DÉFICIT HIDRICO Y POSIBLE OCURRENCIA DEL FENÓMENO EL NIÑO.
Articulo 1°.- APROBAR, en vía de regularización, la contratación directa por situación de emergencia, conforme a lo establecido en el literal b) del numeral 27.1 del articulo 27 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones con el Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N°082-2019-EF y el inciso b.3) del literal b) del artículo 100 del Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344- 2018-EF y sus modificatorias en concordancia con el Decreto de Urgencia N° 030-2023 ‘DECRETO DE URGENCIA QUE DICTA MEDIDAS PARA LA EJECUCION DE INTERVENCIONES ANTE EL PELIGRO INMINENTE DE DÉFICIT HIDRICO Y POSIBLE OCURRENCIA DEL FENÓMENO EL NIÑO
Esta norma pertenece al compendio Contratación Directa