Resolución Jefatural N.° 050-2023-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UA
10 de julio de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- APROBAR el Adicional-Deductivo de Obra N° 1 del Contrato N° 56- 2022-MIDAGRI-AGRO RURAL, por el monto de S/ 136,388.07 (ciento treinta y seis mil trescientos ochenta y ocho con 07/100 Soles) inc. IGV, con un porcentaje de incidencia de 4.18% del monto del contrato, en amparo del numeral 34.5 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 082-2019-EF y artículo 205 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modificatorias.
Artículo 2°.- ESTABLECER que el monto del adicional de Obra asciende a S/ 179,417.50 Inc. IGV (ciento setenta y nueve mil cuatrocientos diecisiete y 50/100 soles), siendo su incidencia con respecto al monto del contrato original de 5.50%; asimismo, el deductivo vinculante de obra N° 1 tiene como costo total S/ 43,029.43 inc. IGV (cuarenta y tres mil veintinueve con 43/100 soles), siendo el porcentaje de incidencia con respecto al presupuesto total del proyecto (-) 1.32%.
Artículo 3°.- ORDENAR la notificación de la presente Resolución Jefatural al Contratista; al Supervisor de la Obra y a la Unidad de Infraestructura Rural, para su conocimiento y fines correspondientes.
Artículo 4°.- INSERTAR la presente Resolución Jefatural en el expediente de contratación relacionado al Contrato Nº 56-2022-MINAGRI-AGRORURAL, formando parte integrante del mismo.
Artículo 5°.- ENCARGAR a la Sub Unidad de Abastecimiento registre la presente resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE).
Artículo 1°.- APROBAR el Adicional-Deductivo de Obra N° 1 del Contrato N° 56- 2022-MIDAGRI-AGRO RURAL, por el monto de S/ 136,388.07 (ciento treinta y seis mil trescientos ochenta y ocho con 07/100 Soles) inc. IGV, con un porcentaje de incidencia de 4.18% del monto del contrato, en amparo del numeral 34.5 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 082-2019-EF y artículo 205 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modificatorias.
Artículo 2°.- ESTABLECER que el monto del adicional de Obra asciende a S/ 179,417.50 Inc. IGV (ciento setenta y nueve mil cuatrocientos diecisiete y 50/100 soles), siendo su incidencia con respecto al monto del contrato original de 5.50%; asimismo, el deductivo vinculante de obra N° 1 tiene como costo total S/ 43,029.43 inc. IGV (cuarenta y tres mil veintinueve con 43/100 soles), siendo el porcentaje de incidencia con respecto al presupuesto total del proyecto (-) 1.32%.
Artículo 3°.- ORDENAR la notificación de la presente Resolución Jefatural al Contratista; al Supervisor de la Obra y a la Unidad de Infraestructura Rural, para su conocimiento y fines correspondientes.
Artículo 4°.- INSERTAR la presente Resolución Jefatural en el expediente de contratación relacionado al Contrato Nº 56-2022-MINAGRI-AGRORURAL, formando parte integrante del mismo.
Artículo 5°.- ENCARGAR a la Sub Unidad de Abastecimiento registre la presente resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE).
Esta norma pertenece al compendio Adicionales de Obra