Resolución Jefatural N.° 179-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE-UA
10 de diciembre de 2022
SE RESUELVE:
Artículo PRIMERO. - APROBAR la Afectación en uso por el plazo de UN (01) año, a favor del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público "Perú Corea del Sur" de Huancapi de la Dirección Regional de Educación de Ayacucho, del bien patrimonial detallado en el Anexo adjunto, que forma parte de integrante de la presente resolución.
Artículo SEGUNDO. - El plazo de la afectación en uso a que se refiere el artículo precedente, deberá computarse a partir de la firma del Acta de Entrega - Recepción correspondiente.
Artículo TERCERO. - Queda prohibida, que la afectataria destine el bien mueble patrimonial a una finalidad distinta a la establecida en la afectación en uso o no es utilizado, siendo una causal de extinción; en cumplimiento al Articulo 58º, literal e) de la Directiva Nº 006-2021-EF/54.01 "Directiva para la Gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento"
Artículo CUARTO. - Notificar la presente Resolución al Instituto de Educación Superior Tecnológico Público "Perú Corea del Sur" de Huancapi de la Dirección Regional de Educación de Ayacucho, a la Sub Unidad de Finanzas, la Sub Unidad de Abastecimiento y al responsable de Control Patrimonial, para las acciones y fines correspondientes, conforme a la normativa vigente sobre la materia.
Artículo PRIMERO. - APROBAR la Afectación en uso por el plazo de UN (01) año, a favor del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público "Perú Corea del Sur" de Huancapi de la Dirección Regional de Educación de Ayacucho, del bien patrimonial detallado en el Anexo adjunto, que forma parte de integrante de la presente resolución.
Artículo SEGUNDO. - El plazo de la afectación en uso a que se refiere el artículo precedente, deberá computarse a partir de la firma del Acta de Entrega - Recepción correspondiente.
Artículo TERCERO. - Queda prohibida, que la afectataria destine el bien mueble patrimonial a una finalidad distinta a la establecida en la afectación en uso o no es utilizado, siendo una causal de extinción; en cumplimiento al Articulo 58º, literal e) de la Directiva Nº 006-2021-EF/54.01 "Directiva para la Gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento"
Artículo CUARTO. - Notificar la presente Resolución al Instituto de Educación Superior Tecnológico Público "Perú Corea del Sur" de Huancapi de la Dirección Regional de Educación de Ayacucho, a la Sub Unidad de Finanzas, la Sub Unidad de Abastecimiento y al responsable de Control Patrimonial, para las acciones y fines correspondientes, conforme a la normativa vigente sobre la materia.