Resolución Jefatural N.° 149-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE-UA
21 de octubre de 2022
SE RESUELVE:
Artículo 1º. - Reconocer el crédito devengado de la valorización del servicro de supervisión Nº 01 del Contrato Nº 076-2021-MIDAGRI-AGRO RURAL "Contratación del servicio de consultoría de obra para la supervisión de la ejecución de obra: Rehabilitación del Oren Progreso, distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash - Código ARCC Nº 896", por el monto de S/ 11,200.00 (Once mil doscientos con 00/100 soles), incluido IGV, correspondiente al periodo del 16.12.2021 al 31.12.2021, a favor del Consorcio Supervisor El Progreso.
Artículo 2º. - Retener el 50% restante del 10% del monto de la garantía de fiel cumplimiento del mencionado contrato por un monto de S/ 1,600.30 (Mil seiscientos con 30/100 soles), de conformidad con lo establecido en la cláusula séptima del Contrato Nº 076-2021- MIDAGRI-AGRO RURAL.
Artículo 3°.-. Disponer que la Sub Unidad de Abastecimiento y la Sub Unidad de Finanzas realicen los trámites correspondientes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion.
Artículo 4°.- Disponer a la Sub Unidad de Abastecimiento la notificación de la presente resolución y de los informes que motivan la misma al acreedor, para los fines pertinentes.
Artículo 5°.- Notificar la presente resolución a la Secretaría Técnica de AGRO RURAL para que en el marco de su competencia proceda con el deslinde de responsabilidades administrativas de los funcionarios y servidores cuya acción u omisión hayan generado el reconocimiento del crédito devengado a favor del acreedor.
Artículo 1º. - Reconocer el crédito devengado de la valorización del servicro de supervisión Nº 01 del Contrato Nº 076-2021-MIDAGRI-AGRO RURAL "Contratación del servicio de consultoría de obra para la supervisión de la ejecución de obra: Rehabilitación del Oren Progreso, distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash - Código ARCC Nº 896", por el monto de S/ 11,200.00 (Once mil doscientos con 00/100 soles), incluido IGV, correspondiente al periodo del 16.12.2021 al 31.12.2021, a favor del Consorcio Supervisor El Progreso.
Artículo 2º. - Retener el 50% restante del 10% del monto de la garantía de fiel cumplimiento del mencionado contrato por un monto de S/ 1,600.30 (Mil seiscientos con 30/100 soles), de conformidad con lo establecido en la cláusula séptima del Contrato Nº 076-2021- MIDAGRI-AGRO RURAL.
Artículo 3°.-. Disponer que la Sub Unidad de Abastecimiento y la Sub Unidad de Finanzas realicen los trámites correspondientes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion.
Artículo 4°.- Disponer a la Sub Unidad de Abastecimiento la notificación de la presente resolución y de los informes que motivan la misma al acreedor, para los fines pertinentes.
Artículo 5°.- Notificar la presente resolución a la Secretaría Técnica de AGRO RURAL para que en el marco de su competencia proceda con el deslinde de responsabilidades administrativas de los funcionarios y servidores cuya acción u omisión hayan generado el reconocimiento del crédito devengado a favor del acreedor.
Esta norma pertenece al compendio Adicionales de Obra