Resolución Jefatural N.° 151-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE-UA
20 de octubre de 2022
SE RESUELVE:
ARTICULO 1.- APROBAR la disposición final en la modalidad de donación de quinientos treinta y cuatro (534) bienes muebles patrimoniales, dados de baja por la causal de chatarra y mantenimiento o reparación onerosa a favor de Asociación Traperos de Emaús Andino, institución sin fines de lucro, con RUC Nº 20603877200, cuyas características técnicas y valor neto de los bienes se detalla en los Anexo Nº 01 y 02 que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
ARTICULO 2.- ENCARGAR a Control Patrimonial de la Sub Unidad de Abastecimiento, elabore el Acta de Entrega - Recepción de los bienes materia de la donación en merito a lo señalado en el numeral 65.4 del artículo 65º de la Directiva Nº 006- 2021-EF/54.01
ARTICULO 3.- DISPONER que Control Patrimonial de la Sub Unidad de Abastecimiento y Sub Unidad de Finanzas, efectúen las acciones administrativas necesarias en el ámbito de sus respectivas competencias, para el respectivo extorno patrimonial y contable de los bienes muebles patrimoniales donados en el artículo 1 º de la presente Resolución Jefatural.
ARTICULO 4.- REGISTRAR la presente Resolución en el módulo de patrimonio del SINABIP del Ministerio de Economía y Finanzas.
ARTICULO 1.- APROBAR la disposición final en la modalidad de donación de quinientos treinta y cuatro (534) bienes muebles patrimoniales, dados de baja por la causal de chatarra y mantenimiento o reparación onerosa a favor de Asociación Traperos de Emaús Andino, institución sin fines de lucro, con RUC Nº 20603877200, cuyas características técnicas y valor neto de los bienes se detalla en los Anexo Nº 01 y 02 que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
ARTICULO 2.- ENCARGAR a Control Patrimonial de la Sub Unidad de Abastecimiento, elabore el Acta de Entrega - Recepción de los bienes materia de la donación en merito a lo señalado en el numeral 65.4 del artículo 65º de la Directiva Nº 006- 2021-EF/54.01
ARTICULO 3.- DISPONER que Control Patrimonial de la Sub Unidad de Abastecimiento y Sub Unidad de Finanzas, efectúen las acciones administrativas necesarias en el ámbito de sus respectivas competencias, para el respectivo extorno patrimonial y contable de los bienes muebles patrimoniales donados en el artículo 1 º de la presente Resolución Jefatural.
ARTICULO 4.- REGISTRAR la presente Resolución en el módulo de patrimonio del SINABIP del Ministerio de Economía y Finanzas.