Resolución Jefatural N.° 127-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UA
30 de setiembre de 2022
SE RESUELVE:
Artículo 1º. - Reconocer el Crédito Devengado a favor de la empresa CORPORACIÓN RED ALERT S.A.C., por el monto de S/1 ,838.00 (Mil Ochocientos Treinta y Ocho con 00/100 soles), incluido IGV, correspondiente al "Servicio de recarga y mantenimiento de extintores para la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL", derivado de la Orden de Servicio Nº 3109-2021, sin aplicación de penalidad.
Artículo 2°.- Disponer que la Sub Unidad de Abastecimiento y la Sub Unidad de Finanzas realicen los trámites correspondientes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 3°.- Disponer a la Sub Unidad de Abastecimiento la notificación de la presente Resolución y de los informes que motivan la misma al acreedor, para los fines pertinentes.
Artículo 4°.- Disponer a la Secretaria Técnica proceda al deslinde de responsabilidades administrativas de los funcionarios y servidores cuya acción u omisión hayan generado el reconocimiento del crédito devengado a favor del acreedor.
Artículo 5°.- Encargar a la Sub Unidad de Tecnología de la Información la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL.
Artículo 1º. - Reconocer el Crédito Devengado a favor de la empresa CORPORACIÓN RED ALERT S.A.C., por el monto de S/1 ,838.00 (Mil Ochocientos Treinta y Ocho con 00/100 soles), incluido IGV, correspondiente al "Servicio de recarga y mantenimiento de extintores para la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL", derivado de la Orden de Servicio Nº 3109-2021, sin aplicación de penalidad.
Artículo 2°.- Disponer que la Sub Unidad de Abastecimiento y la Sub Unidad de Finanzas realicen los trámites correspondientes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 3°.- Disponer a la Sub Unidad de Abastecimiento la notificación de la presente Resolución y de los informes que motivan la misma al acreedor, para los fines pertinentes.
Artículo 4°.- Disponer a la Secretaria Técnica proceda al deslinde de responsabilidades administrativas de los funcionarios y servidores cuya acción u omisión hayan generado el reconocimiento del crédito devengado a favor del acreedor.
Artículo 5°.- Encargar a la Sub Unidad de Tecnología de la Información la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL.