Resolución Directoral Ejecutiva N.° 036-2020-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE

14 de febrero de 2020

SE RESUELVE:
Artículo 1°.- DECLARAR
la responsabilidad administrativa del servidor MELITON RICARDO OTOYA VERASTEGUIpor los hechos instruidos en el presente procedimiento administrativo disciplinario respecto a la comisión de la falta disciplinaria contemplada en el literal q) del artículo 85° de la Ley N° 30057 por infracción del numeral 5 del artículo 6 de la Ley 27815 —Ley del Código de Ética de la Función Pública (Infracción al Principio Veracidad), IMPONIÉNDOLE la sanción de DOS MESES DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2°.- DECLARAR la ausencia de responsabilidad administrativa del servidor MELITON RICARDO OTOYA VERASTEGUI por los hechos instruidos en el presente procedimiento administrativo disciplinario respecto a la comisión de la falta disciplinaria contemplada en el literal q) del artículo 85° de la Ley N° 30057 por infracción del numeral 2 del artículo 6 de la Ley 27815 —Ley del Código de Ética de la Función Pública (Principio de Probidad), de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, archivando el proceso respecto a este extremo del procedimiento.

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