Resolución Directoral Ejecutiva N.° 034-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE
15 de febrero de 2021
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR EN VÍA DE REGULARIZACIÓN la Contratación Directa por causal de Situación de Emergencia, referida al Servicio de Mantenimiento de los Pozos Tubulares IRHS 82, IRHS 108 e IRHS 183 en el departamento de Lambayeque, en el marco del Decreto Supremo N° 185-2020-PCM, por el monto total de S/ 121,560.00 (Ciento Veintiún Mil Quinientos Sesenta con 00/100 Soles) para atender de manera inmediata y lo estrictamente necesario, conforme a lo establecido en el acápite b.3) del literal b) del artículo 100 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución Directoral Ejecutiva.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento y Patrimonio se encargue de publicar la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el SEACE dentro del plazo establecido en el numeral 101.3 del artículo 101 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF.
ARTICULO TERCERO.- DISPONER la comunicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva a la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego, la Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Legal para su conocimiento y fines correspondientes.
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR EN VÍA DE REGULARIZACIÓN la Contratación Directa por causal de Situación de Emergencia, referida al Servicio de Mantenimiento de los Pozos Tubulares IRHS 82, IRHS 108 e IRHS 183 en el departamento de Lambayeque, en el marco del Decreto Supremo N° 185-2020-PCM, por el monto total de S/ 121,560.00 (Ciento Veintiún Mil Quinientos Sesenta con 00/100 Soles) para atender de manera inmediata y lo estrictamente necesario, conforme a lo establecido en el acápite b.3) del literal b) del artículo 100 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución Directoral Ejecutiva.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento y Patrimonio se encargue de publicar la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el SEACE dentro del plazo establecido en el numeral 101.3 del artículo 101 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF.
ARTICULO TERCERO.- DISPONER la comunicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva a la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego, la Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Legal para su conocimiento y fines correspondientes.