Resolución Directoral Ejecutiva N.° 171-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE
1 de octubre de 2019
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DELEGAR a la OFICINA DE ADMINISTRACIÓN del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ? AGRO RURAL, durante el año fiscal 2019, sobre la base de los considerandos expuestos en la presente Resolución, las siguientes facultades:
a) Suscribir las ofertas (formatos, formularios y/o cualquier otro documento afín) en las que el Programa de Desarrollo Agrario Rural - AGRO RURAL, intervenga como participante y/o postor de los procedimientos de selección de Contratación Directa por causal de proveedor único, cuyos beneficiarios sean pequeños y medianos productores agrarios en las zonas rurales y;
b) Suscribir los contratos con cualquier entidad pública o privada en las que el Programa de Desarrollo Agrario Rural - AGRO RURAL, intervenga como participante y/o postor de los procedimientos de selección de Contratación Directa por causal de proveedor único, cuyos beneficiarios sean pequeños y medianos productores agrarios en las zonas rurales.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que la delegación prevista por la presente resolución es indelegable.
ARTÍCULO PRIMERO.- DELEGAR a la OFICINA DE ADMINISTRACIÓN del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ? AGRO RURAL, durante el año fiscal 2019, sobre la base de los considerandos expuestos en la presente Resolución, las siguientes facultades:
a) Suscribir las ofertas (formatos, formularios y/o cualquier otro documento afín) en las que el Programa de Desarrollo Agrario Rural - AGRO RURAL, intervenga como participante y/o postor de los procedimientos de selección de Contratación Directa por causal de proveedor único, cuyos beneficiarios sean pequeños y medianos productores agrarios en las zonas rurales y;
b) Suscribir los contratos con cualquier entidad pública o privada en las que el Programa de Desarrollo Agrario Rural - AGRO RURAL, intervenga como participante y/o postor de los procedimientos de selección de Contratación Directa por causal de proveedor único, cuyos beneficiarios sean pequeños y medianos productores agrarios en las zonas rurales.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que la delegación prevista por la presente resolución es indelegable.