Resolución Directoral Ejecutiva N.° 084-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE
16 de abril de 2019
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR EN VÍA DE REGULARIZACIÓN la Contratación DirectaNº 005-2019-MINAGRI-AGRO RURAL, para el "Servicio de Protección de la Margen Izquierda delRío Chicama con roca al volteo, en el Sector frente a la Toma CAO - Campo 17" en el marcodel Decreto Supremo Nº 035-2019-PCM, por el monto de S/. 1'118,013.00 (Un Millón CientoDieciocho Mil Trece con 00/100 Soles); para atender de manera inmedata y efectiva la situación deemergencia bajo la causal establecida en el acápite b.3) del literal b) del artículo 100º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la misma que tiene como nexo causal el Estado deEmergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 035-2019-PCM con las funciones y competencias de AGRORURAL.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento y Patrimonio seencargue de publicar la Resolución Directoral Ejecutiva que apruebe la mencionada contratación enel SEACE en el plazo establecido en el numeral 101.3º del artículo 101º Reglamento de la Ley deContrataciones del Estado.
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR EN VÍA DE REGULARIZACIÓN la Contratación DirectaNº 005-2019-MINAGRI-AGRO RURAL, para el "Servicio de Protección de la Margen Izquierda delRío Chicama con roca al volteo, en el Sector frente a la Toma CAO - Campo 17" en el marcodel Decreto Supremo Nº 035-2019-PCM, por el monto de S/. 1'118,013.00 (Un Millón CientoDieciocho Mil Trece con 00/100 Soles); para atender de manera inmedata y efectiva la situación deemergencia bajo la causal establecida en el acápite b.3) del literal b) del artículo 100º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la misma que tiene como nexo causal el Estado deEmergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 035-2019-PCM con las funciones y competencias de AGRORURAL.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento y Patrimonio seencargue de publicar la Resolución Directoral Ejecutiva que apruebe la mencionada contratación enel SEACE en el plazo establecido en el numeral 101.3º del artículo 101º Reglamento de la Ley deContrataciones del Estado.