Resolución Administrativa N.° 144-2022-MIDAGRI-AGROIDEAS/UA
18 de noviembre de 2022
Artículo Primero. - Aprobar la asignación de fondos bajo la modalidad de “Encargo” a favor del servidor SANTOS GERARDO MEDINA MEDINA, Ejecutivo de Unidades Regionales, con DNI N° 16535047, por el importe de S/ 42,000.00 (Cuarenta y Dos Mil con 00/100 soles), cuya finalidad es cubrir los gastos para el desarrollo del evento en el marco de la Implementación de la Estrategia denominada “Emprendimiento de la Mujer Rural e Indígena”, para el 19 de noviembre en la ciudad de Lima Metropolitana.
Artículo Segundo. – Los gastos que se ocasionen para el financiamiento del “Encargo” señalado en el Artículo Primero de la presente resolución, es con cargo a la Fuente de Financiamiento: RO Recursos Ordinarios, Meta 36, Específica de Gasto 2.3.27.14.98 Servicios técnicos y profesionales desarrollados por personas naturales.
Artículo Tercero . – Los fondos a ser otorgados bajo la modalidad de “Encargo” a que se refiere el Artículo Primero de la presente resolución, serán rendidos a la Unidad de Administración, conforme a lo establecido en el artículo 40°, numerales 40.2 y 40.3 de la Directiva de Tesorería Nº 001‐2007‐EF/77.15, aprobada por Resolución Directoral Nº 002‐2007‐EF‐77.15, modificada por Resolución Directoral Nº 004‐2009‐EF‐77.15.
Artículo Cuarto. – Devolver al área de Tesorería, en caso de existir saldo en efectivo, de acuerdo con lo estipulado en la Resolución Directoral Ejecutiva N° 125-2021-MIDAGRIPCC, que modifica la Directiva N° 002-2020-MINAGRI-PCC/UA “Normas y Procedimientos para el Otorgamiento, Utilización y Rendición de Fondos Bajo la Modalidad de Encargos del Programa de Compensaciones para la Competitividad
Artículo Quinto.- Notificar el presente acto administrativo a la Dirección Ejecutiva, Unidades Regionales y al servidor designado, para los fines de su competencia, bajo responsabilidad funcional en caso de incumplimiento; con copia fedateada de la presente resolución, a su legajo personal.
Artículo Sexto.- Notificar del presente acto administrativo, a los responsables de las áreas de Contabilidad y Tesorería de la Unidad de Administración, para los fines de su competencia, bajo responsabilidad funcional en caso de incumplimiento.
Artículo Segundo. – Los gastos que se ocasionen para el financiamiento del “Encargo” señalado en el Artículo Primero de la presente resolución, es con cargo a la Fuente de Financiamiento: RO Recursos Ordinarios, Meta 36, Específica de Gasto 2.3.27.14.98 Servicios técnicos y profesionales desarrollados por personas naturales.
Artículo Tercero . – Los fondos a ser otorgados bajo la modalidad de “Encargo” a que se refiere el Artículo Primero de la presente resolución, serán rendidos a la Unidad de Administración, conforme a lo establecido en el artículo 40°, numerales 40.2 y 40.3 de la Directiva de Tesorería Nº 001‐2007‐EF/77.15, aprobada por Resolución Directoral Nº 002‐2007‐EF‐77.15, modificada por Resolución Directoral Nº 004‐2009‐EF‐77.15.
Artículo Cuarto. – Devolver al área de Tesorería, en caso de existir saldo en efectivo, de acuerdo con lo estipulado en la Resolución Directoral Ejecutiva N° 125-2021-MIDAGRIPCC, que modifica la Directiva N° 002-2020-MINAGRI-PCC/UA “Normas y Procedimientos para el Otorgamiento, Utilización y Rendición de Fondos Bajo la Modalidad de Encargos del Programa de Compensaciones para la Competitividad
Artículo Quinto.- Notificar el presente acto administrativo a la Dirección Ejecutiva, Unidades Regionales y al servidor designado, para los fines de su competencia, bajo responsabilidad funcional en caso de incumplimiento; con copia fedateada de la presente resolución, a su legajo personal.
Artículo Sexto.- Notificar del presente acto administrativo, a los responsables de las áreas de Contabilidad y Tesorería de la Unidad de Administración, para los fines de su competencia, bajo responsabilidad funcional en caso de incumplimiento.