Resolución Directoral N.° 031-2017-AGN/OTA

13 de julio de 2017

Establecer como fecha de pago el dia 30 de cada mes, teniendo los cinco (5) dias posteriores como tolerancia para cumplir con la cancelación.

Aprobar el cobro de moras, a partir del sexto día después de la fecha establecida, determinando la suma de S/ 0.15 soles por cada día de retraso.

Encargar a la Oficina Financiera que realice las coordinaciones para ejecutar el cobro de moras de acuerdo a lo indicado en los Articulos anteriores.
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