Resolución de Secretaría General N.° 000112-2024-AGN/SG
8 de noviembre de 2024
Incorporar el numeral 8.2.11 a la Directiva Nº 003-2023-AGN denominada “Gestión Documental del Archivo General de la Nación”, aprobada mediante la Resolución de Secretaría General Nº 000029-2023-AGN/SG, conforme a los términos siguientes:
“(…)
8.2.11. Prioridad y plazos de atención
Los documentos emitidos a través del SGD deberán ser clasificados para su atención en las siguientes prioridades:
a) MUY URGENTE: El plazo de atención del documento se realizará en el día o hasta un máximo de tres (03) días hábiles, de acuerdo a la necesidad.
b) URGENTE: El plazo de atención del documento se realizará hasta un máximo de cinco (05) días hábiles.
c) NORMAL: El plazo de atención del documento es asignada conforme a lo previsto por la normatividad vigente, hasta un máximo de treinta (30) días hábiles, según las regulaciones administrativas vigentes.”
Precisar que los demás extremos de la Directiva Nº 003-2023-AGN denominada “Gestión Documental del Archivo General de la Nación”, aprobada por la Resolución de Secretaría General Nº 000029-2023-AGN/SG, quedan subsistentes.
Encargar a la Unidad Funcional de Gestión Documental y Servicio al Ciudadano que notifique la presente resolución a todas las unidades de organización del Archivo General de la Nación.
Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística realice la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Archivo General de la Nación (www.agn.gob.pe).
“(…)
8.2.11. Prioridad y plazos de atención
Los documentos emitidos a través del SGD deberán ser clasificados para su atención en las siguientes prioridades:
a) MUY URGENTE: El plazo de atención del documento se realizará en el día o hasta un máximo de tres (03) días hábiles, de acuerdo a la necesidad.
b) URGENTE: El plazo de atención del documento se realizará hasta un máximo de cinco (05) días hábiles.
c) NORMAL: El plazo de atención del documento es asignada conforme a lo previsto por la normatividad vigente, hasta un máximo de treinta (30) días hábiles, según las regulaciones administrativas vigentes.”
Precisar que los demás extremos de la Directiva Nº 003-2023-AGN denominada “Gestión Documental del Archivo General de la Nación”, aprobada por la Resolución de Secretaría General Nº 000029-2023-AGN/SG, quedan subsistentes.
Encargar a la Unidad Funcional de Gestión Documental y Servicio al Ciudadano que notifique la presente resolución a todas las unidades de organización del Archivo General de la Nación.
Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística realice la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Archivo General de la Nación (www.agn.gob.pe).