Resolución de Secretaría General N.° 000014-2024-AGN/SG
24 de enero de 2024
Modificar el apartado 5.1.2 del numeral 5.1 de la Directiva Nº 001-2012-AGN/OTA-OP “Proceso de Contratación de Personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 en el Archivo General de la Nación”, aprobado por la Resolución Directoral Nº 033-2012-AGN/OTA, de fecha 31 de mayo del 2012, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“5.1.2 Comisión:
Es el encargo del proceso de selección para la contratación de personal; está integrado por tres miembros:
1° Un representante titular y un alterno de la Oficina de Administración, quien lo preside.
2° Un representante titular y un alterno de la Oficina de Recursos Humanos, o quien haga sus veces, que actúa como secretario técnico, y
3° Un representante titular y un alterno del área usuaria, pudiendo ser de otro órgano en los casos que el área usuaria no cuenta con personal para la designación.
Cabe precisar que, ante un impedimento legal, el miembro titular de la Comisión de Selección puede abstenerse de participar en el proceso, mediante escrito debidamente motivado dirigido a la Oficina de Recursos Humanos, o quien haga sus veces, debiendo ser reemplazados por su representante alterno.”
Mantener vigente los demás extremos de la Directiva Nº 001-2012-AGN/OTA-OP “Proceso de Contratación de Personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 en el Archivo General de la Nación”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 033-2012-AGN/OTA, de fecha 31 de mayo del 2012, hasta su próxima actualización.
Encargar a la Unidad Funcional de Gestión Documental y Servicio al Ciudadano que notifique la presente resolución a los órganos interesados.
“5.1.2 Comisión:
Es el encargo del proceso de selección para la contratación de personal; está integrado por tres miembros:
1° Un representante titular y un alterno de la Oficina de Administración, quien lo preside.
2° Un representante titular y un alterno de la Oficina de Recursos Humanos, o quien haga sus veces, que actúa como secretario técnico, y
3° Un representante titular y un alterno del área usuaria, pudiendo ser de otro órgano en los casos que el área usuaria no cuenta con personal para la designación.
Cabe precisar que, ante un impedimento legal, el miembro titular de la Comisión de Selección puede abstenerse de participar en el proceso, mediante escrito debidamente motivado dirigido a la Oficina de Recursos Humanos, o quien haga sus veces, debiendo ser reemplazados por su representante alterno.”
Mantener vigente los demás extremos de la Directiva Nº 001-2012-AGN/OTA-OP “Proceso de Contratación de Personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 en el Archivo General de la Nación”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 033-2012-AGN/OTA, de fecha 31 de mayo del 2012, hasta su próxima actualización.
Encargar a la Unidad Funcional de Gestión Documental y Servicio al Ciudadano que notifique la presente resolución a los órganos interesados.