Resolución Jefatural N.° 000081-2023-AGN/JEF
11 de abril de 2023
Rectificar el error material incurrido en el quinto considerando de la Resolución Jefatural Nº 034-2023-AGN/JEF, de fecha 9 de febrero de 2023, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 006-2023-EF señala que: “Para efectos de la aplicación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos fijados en el artículo 2 del presente Decreto Supremo, no se considera: a) Los gastos que se financien con cargo a recursos de donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las vinculadas a operaciones de endeudamiento público, las mismas que se sujetan a la normatividad vigente, así como a los instrumentos o convenios respectivos;
Mantener subsistentes los demás extremos de la Resolución Jefatural Nº 034-2023-AGN/JEF, de fecha 9 de febrero de 2023.
“Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 006-2023-EF señala que: “Para efectos de la aplicación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos fijados en el artículo 2 del presente Decreto Supremo, no se considera: a) Los gastos que se financien con cargo a recursos de donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las vinculadas a operaciones de endeudamiento público, las mismas que se sujetan a la normatividad vigente, así como a los instrumentos o convenios respectivos;
Mantener subsistentes los demás extremos de la Resolución Jefatural Nº 034-2023-AGN/JEF, de fecha 9 de febrero de 2023.