Resolución de Secretaría General N.° 026-2022-AGN/SG

15 de julio de 2022

Conformar la Unidad Funcional de Integridad Institucional del Archivo General de la Nación, como unidad no orgánica dependiente de la Secretaría General, de manera temporal y hasta la modificación del reglamento de organización y funciones de la entidad.

La unidad funcional conformada es responsable de las siguientes funciones generales:

  1. Recibir, trasladar, realizar el seguimiento y sistematización de las denuncias por actos de corrupción; así como, de las solicitudes de medidas de protección al denunciante de actos de corrupción, según corresponda.
  2. Evaluar los hechos y documentos que sustentan las denuncias sobre actos de corrupción; y, en tal sentido, disponer la aplicación de las medidas de protección al denunciante o testigos, según corresponda.
  3. Evaluar si la denuncia presentada es maliciosa y disponer las medidas correspondientes.
  4. Trasladar la denuncia y los documentos que la sustentan a la Secretaría Técnica encargada de precalificar las presuntas faltas disciplinarias de la entidad o quien ejerza dicha función conforme a la normativa correspondiente, al Órgano de Control Institucional o al Procurador Público, de ameritarlo.
  5. Coordinar con el Área de Recursos Humanos, el contenido de las capacitaciones de personal en materias relacionadas a la probidad en el ejercicio de la función pública.
  6. Participar y conducir el proceso que conlleva a la aprobación de acciones de integridad y lucha contra la corrupción en la entidad, así como hacer seguimiento a su cumplimiento. 
  7. Apoyar a la Secretaria General en la implementación del Sistema de Control Interno; así como, a los órganos y demás áreas en la identificación y gestión de riesgos de corrupción.
  8. Las demás que sean asignadas por la Secretaría General, o por norma expresa.

Designar al servidor CAS Otto Alfredo Guevara Montalvo, en adición a sus funciones, como coordinador de la Unidad Funcional de Integridad Institucional del Archivo General de la Nación.

Precisar que el funcionamiento de la Unidad Funcional de Integridad Institucional del Archivo General de la Nación no demanda el uso de recursos presupuestales adicionales de los designados a la Secretaría General para el cumplimiento de sus funciones.

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