Resolución de Coordinación Ejecutiva N.° 00035-2024-PNACP
Secretaria Técnica Titular del PAD
29 de agosto de 2024
Artículo 1°.- ACEPTAR la solicitud de abstención formulada por la servidora MILUSKA ERIKA TORREBLANCA GARCIA, en su calidad de Secretaria Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Programa Nacional “A Comer Pescado”, para conocer, tramitar y efectuar las demás acciones que correspondan en relación a los hechos que involucran a la servidora Doris Javier Jiménez, Sub Jefa de la Sub Unidad de Recursos Humanos, sobre presunto hostigamiento laboral vinculada a la Hoja de Trámite N° 00005686-2024-I, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, en tanto persista tal causal.
Artículo 2°.- PRECISAR que la Secretaria Técnica Titular del PAD procederá, en el ejercicio de sus funciones y en el marco de sus atribuciones establecidas en la Directiva N° 02- 2015-SERVIR/GPGSC, con efectuar la precalificación respecto de los otros servidores identificados en el Informe N° 00000033-2024-PNACP/UAF de fecha 28 de agosto de 2024, en tanto sea competente.
Artículo 3°.- DESIGNAR a la servidora CAROL DEL ROCIO OCHOA MIJA como Secretaria Técnica Suplente de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Programa Nacional “A Comer Pescado”, a fin que, en adición a sus funciones, se avoque a conocimiento del trámite de la denuncia a la que se hace referencia en el artículo 1 de la presente Resolución, mientras persista la causal de abstención.
Artículo 2°.- PRECISAR que la Secretaria Técnica Titular del PAD procederá, en el ejercicio de sus funciones y en el marco de sus atribuciones establecidas en la Directiva N° 02- 2015-SERVIR/GPGSC, con efectuar la precalificación respecto de los otros servidores identificados en el Informe N° 00000033-2024-PNACP/UAF de fecha 28 de agosto de 2024, en tanto sea competente.
Artículo 3°.- DESIGNAR a la servidora CAROL DEL ROCIO OCHOA MIJA como Secretaria Técnica Suplente de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Programa Nacional “A Comer Pescado”, a fin que, en adición a sus funciones, se avoque a conocimiento del trámite de la denuncia a la que se hace referencia en el artículo 1 de la presente Resolución, mientras persista la causal de abstención.
Esta norma pertenece al compendio Normativa referente al Portal de Transparencia Estándar del Programa