Esta página también está Disponible en Español
Aprobación o modificación del programa especial de manejo ambiental (pema).
Base Legal:
- D.S. N° 041-2001-EM (Art. 4°) (21-07-2001)
- D.S. N° 036-2006-EM (Art. 1°) (05-07-2006)
- Ley N° 28964 ( 24-01-2007)
- Ley N° 27444 (11-04-2001)
- Ley N° 27798 (Art. 1°) (26-07-2002)
Nota 1: Para el caso de la modificación del Programa de Monitoreo corresponde la presentación de los rubros: a,b y e.
Nota 2: En caso el proyecto se encuentre en Área Natural Protegida, se deberá presentar la copia del comprobante de entrega en el Sernamp.
Requisitos
1 Solicitud de acuerdo a formato, consignando el número de RUC.
2 Dos ejemplares impresos y digitalizados del estudio:
- Para la DGAAM.
- Para consulta del público.
3 Documento emitido por Osinergmin, que acredite la autorización de presentación del pema.
4 Comprobante de haber presentado un ejemplar del pema en la dirección regional de energía y minas correspondiente a la zona del proyecto.
5 Recibo de pago TUPA-MEM.
Modalidad: Presencial
Silencio Negativo - 60 dias calendario.
Costo: 30% UIT.
Transcurrido el plazo, la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso Administrativo correspondiente.