Dirección de Asuntos Marítimos

Es responsable de las acciones de política exterior, en los ámbitos bilateral y multilateral, relativas a los límites marítimos del Perú, así como a los derechos, deberes e intereses del Perú en su dominio marítimo y en las zonas marítimas más allá de la jurisdicción nacional, en coordinación con los sectores vinculados.

La Dirección de Asuntos Marítimos es una unidad orgánica que depende de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos.

Entre sus funciones se encuentran:

  • Analizar, formular, proponer, coordinar y ejecutar las acciones de política exterior relativas a los derechos, deberes y/o intereses del Perú en su dominio marítimo y en las zonas marítimas más allá de la jurisdicción nacional.
  • Coordinar, formular y proponer la posición nacional en las negociaciones internacionales bilaterales y multilaterales sobre asuntos marítimos.
  • Participar en los foros y regímenes internacionales constituidos con el fin de garantizar el uso pacífico y sostenible del mar y sus recursos, la preservación del medio marino, la seguridad de la navegación, el transporte marítimo, así como la cooperación en materia de investigación científica marina y transferencia de tecnología.
  • Asesorar a los sectores pertinentes en la implementación de los compromisos adoptados a nivel bilateral y multilateral, así como en la adecuación de las normas nacionales a los tratados de los que el Perú es parte.
  • Entre otras funciones que puedes consultar en el ROF vigente.