Donación de trescientos setenta y cuatro bienes muebles dados de baja por la causal de Falta de Idoneidad ubicados en la ciudad de Lima

Aviso de sinceramiento

9 de agosto de 2022

DONACION DE TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO (374) BIENES MUEBLE DADOS DE BAJA POR LA CAUSAL DE FALTA DE IDONEIDAD DEL BIEN UBICADOS EN LA CIUDAD DE LIMA.

A.
   BASE LEGAL
La Directiva Nª 0006-2021-EF/54.01 “Directiva para la Gestión de Bienes Muebles Patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento” aprobado con la Resolución Directoral Nª 0015-2021-EF/54.01.
 
B.   OBJETO
El PRONACEJ con la finalidad de continuar con el procedimiento de disposición final y la transparencia en las gestiones que nos caracteriza, cumple con publicar la Resolución Jefatural N° 047-2022-JUS/PRONACEJ-UA, que aprobó la baja de trescientos setenta y cuatro (374) bienes muebles patrimoniales dados de baja por la causal de falta de idoneidad del bien.
 
C.   BASE LEGAL
Vigencia de la publicación:         Del 08.08.2022 al 10.08.2022
Recepción de solicitudes:           Del 08.08.2022 al 10.08.2022
Absolución de consultas:            Patrimonio01@pronacej.gob.pe
 
D.   OBJETO
Los bienes muebles se encuentran ubicados físicamente en nuestra (i) Sede Central de la Av. Cesar Vallejo N° 1184, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima la cantidad de 53 bienes, y en el (ii) CJDR de Lima – Maranguita, ubicado en la Av. La Paz N° 1725, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima la cantidad de 321 bienes muebles, ambos haciendo un total de trescientos setenta y cuatro (374) bienes.
 
E.   ALCANCE Y DOCUMENTOS A PRESENTAR
El solicitante a ser beneficiario de los bienes para su disposición final, debe ser una persona jurídica sin fines de lucro o institución religiosa que presente primero su solicitud de donación cumpliendo los siguientes requisitos:
ü   Señalar los nombres y apellidos completos, domicilio y número de documento de identidad del representante legal, para lo cual adjunta copia de certificado de vigencia de poder emitido por la SUNARP, con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario, a la fecha de presentación de la solicitud.
ü   Sustentar y justificar la necesidad de los bienes muebles patrimoniales cuya donación se solicita y el beneficio que reporta al desarrollo social.
En caso la institución religiosa solicitante no se encuentre inscrita en los Registros Públicos, pueden presentar copia de la documentación que acredite su existencia y el nombramiento de sus representantes.

F.   RECEPCION DE SOLICITUDES
Es de manera física, a través de Mesa de Partes del PRONACEJ ubicado en Av. Cesar Vallejo N° 1184, Lince.

G.  ANEXO
Se adjunta la Resolución Jefatural N° 047-2022-JUS/PRONACEJ-UA con su anexo que contiene la relación de los 374 bienes muebles patrimoniales dados de baja por la falta de idoneidad del bien, el mismo que también puede ser visualizado en la página web del Programa.
 

Documentos

Vista preliminar de documento COMUNICADO.pdf

COMUNICADO.pdf

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902.2 KB
Vista preliminar de documento RJ-047-2022- JUS-PRONACEJ-UA.pdf

RJ-047-2022- JUS-PRONACEJ-UA.pdf

PDF
4.2 MB
Vista preliminar de documento RELACION DE BIENES SOBRANTES.pdf

RELACION DE BIENES SOBRANTES.pdf

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868 KB