Participación ciudadana en los gobiernos locales y regionales
En vista de que uno de los objetivos del proceso de descentralización, guarda relación con la participación ciudadana, la Ley de Bases de Descentralización hace el siguiente alcance al respecto:
Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas.
Sin perjuicio de los derechos políticos que asisten a todos los ciudadanos de conformidad con la Constitución y la ley de la materia, la participación de los ciudadanos se canaliza a través de los espacios de consulta, coordinación, concertación y vigilancia existentes, y los que los gobiernos regionales y locales establezcan de acuerdo a ley.
Ello debe traducirse en la gestión en la incorporación de la ciudadanía y sus organizaciones en los espacios existentes como los Consejos de Coordinación Local o Provincial y demás mecanismos existentes, como el presupuesto participativo, la elaboración de los Planes de Desarrollo Local concertado entre otros.
Base legal
Artículo 17 de la Ley de Bases de Descentralización, Ley 27783