SUBGERENCIA DE ESTUDIOS Y PROYECTOS - SGEP
Subgerencia de Estudios y Proyectos
La Subgerencia de Estudios y Proyectos, es la unidad orgánica encargada de implementar las acciones necesarias de formulación, y evaluación de Proyectos y/o estudios de inversión pública relacionadas con obras de infraestructura, y/o proyectos sociales de la provincia de Huancané. Depende de la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Territorial.
Funciones de la Subgerencia de Estudios y Proyectos
a) Elaborar expedientes técnicos incorporando el análisis de riesgos en base al mapa de peligros y amenazas de la jurisdicción.
b) Recibir los proyectos declarados viables previa aprobación de la máxima autoridad resolutiva y/o a quien se le haya delegado tal competencia, para su incorporación en el Banco de proyectos y la elaboración de los expedientes técnicos respectivos.
c) Programar, coordinar y controlar los procesos de estudios y diseños de proyectos de obra al nivel de expediente técnico, de acuerdo a las disposiciones legales y normatividad vigente.
d) Aprobar y dar conformidad a los expedientes técnicos elaborados en la institución previa evaluación de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras y de aquellos contratados por servicios y/o consultoría.
e) Realizar el seguimiento, control y evaluación de estudios y proyectos por personal de la institución у Dar conformidad a los expedientes de adicionales de obras y de obras complementarias y evaluados aprobados, por los profesionales delegados en los proyectos de inversión de la municipalidad. consultores externos, dentro del marco legal correspondiente.
f) Verter opinión técnica en los asuntos de su competencia, cuando sea requerido.
g) Elaborar los términos de referencia cuando se contrate la elaboración de los estudios definitivos, expedientes técnicos o documento equivalente, siendo responsable por el contenido de dichos estudios.
h) Prestar asistencia técnica a las demás unidades orgánicas de la entidad en la elaboración de estudios y/o expedientes técnicos para la ejecución de obras por Administración Directa y Contrata.
i) Las demás que le asigne el/la Gerente de Infraestructura y Desarrollo Territorial en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.