Dirección de Riesgos Fiscales

La Dirección de Riesgos Fiscales es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General del Tesoro Público encargada de formular lineamientos, metodologías, modelos y normativa para la identificación, medición, mitigación y monitoreo de los riesgos fiscales.

Funciones de la Dirección de Riesgos Fiscales

Son funciones de la Dirección de Riesgos Fiscales las siguientes:

a) Participar en la formulación del anteproyecto de la Ley Anual de Endeudamiento del Sector Público;

b) Participar en la formulación de las políticas y estrategias para la gestión de riesgos fiscales;

c) Absolver las consultas, asesorar y emitir opinión vinculante en materia de su competencia;

d) Evaluar la exposición fiscal derivada de los compromisos firmes y contingentes que, de manera explícita, se estipulen en los informes y contratos referidos a la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas;

e) Evaluar el otorgamiento de garantías para atender requerimientos derivados del proceso de promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas;

f) Diseñar y proponer la Estrategia de Gestión Financiera del Riesgo de Desastres asociados a fenómenos naturales,  tecnológicos, o a crisis de tipo económico y/o financiero; así como actualizar y realizar el seguimiento correspondiente;

g) Proponer los niveles de exposición máxima de inversión para  excedentes de liquidez del Sector Público No Financiero;

h) Proponer los niveles de exposición máxima de inversión de excedentes de caja del Tesoro Público;

i) Formular lineamientos, metodologías, modelos y normativa para la identificación, medición, mitigación y monitoreo de los riesgos fiscales, así como monitorear su cumplimiento;

j) Emitir opinión, en el ámbito de sus competencias, sobre la aplicación de nuevos  instrumentos financieros;

k) Proponer los niveles de exposición para los riesgos financieros de los pasivos financieros;

l) Elaborar el Reporte Anual de Riesgos Fiscales así como los informes y reportes periódicos de su seguimiento;

m) Participar en el desarrollo de las actividades de capacitación y difusión de los Sistemas Nacionales de Endeudamiento Público y de Tesorería, en materia de su competencia;

n) Coordinar las actividades del CONECTAMEF relacionadas con las funciones de la Dirección General, en materia de su competencia; y,

o) Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General.