¿Requieren opinión favorable de la DGPMI los proyectos de inversión en formulación que conforman un programa de inversión viable financiado con endeudamiento externo del GN?
La DGPMI emite opinión favorable previa a la declaración de viabilidad del proyecto de inversión o del programa de inversión que es financiado con fondos públicos provenientes de una operación de endeudamiento externo del Gobierno Nacional. Una vez que el programa de inversión sea declarado viable contando con dicha opinión favorable, no corresponde solicitar la opinión favorable de la DGPMI para cada proyecto de inversión que conforman el programa de inversión y que será formulado, evaluado y declarado viable después de la referida viabilidad.
Base legal:
Inciso 17 del párrafo 8.2 del artículo 8 del Reglamento.
Párrafo 26.3 del artículo 26 de la Directiva General.
Fuente: Preguntas frecuentes INVIERTE.PE - MEF