Tercería de propiedad
Tercería de propiedad.
Silencio positivo - 3 días hábilaes.
Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como aprobado.
Entidad a cargo: Oficina de Administración Documentaria, Archivo y Biblioteca.
Base legal: Ley Nº 26979, Art. 20º del 23/09/1998.
Requisitos
- Solicitud dirigida a la Unidad de Cobranza Coactiva, adjuntando requsitos establecidos en el TUPA.
- La UCC analiza, evalúa y de encontrar conforme la documentación emite resolución resolviendo tercería.
Modalidad: Online
Teléfonos: 6306000 - 6306030
Correo: informes@trabajo.gob.pe
También puedes hacerlo presencialmente:
Modalidad: Presencial
- Solicitud dirigida al ejecutor coactivo antes que se inicie el remate del bien adjuntando:
- Pruebas del derecho del tercero con documento privado de fecha cierta.
- Documento público u otro documento que acredite fehacientemente la propiedad del bien o bienes antes de haberse trabado la medida cautelar.
- El servicio es gratuito.