Plan de Continuidad Operativa del Ministerio de Salud

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Establece los procedimientos para la reactivación de las operaciones de conducción y rectoría del sector Salud frente a emergencias y desastres que pudiera interrumpir o alterar su normal funcionamiento.

El Plan de Continuidad Operativa del Ministerio de Salud está conceptualizado bajo la Política Nacional de Gestión del riesgo de desastres al 2050 aprobada mediante Decreto Supremo N°038-2021-PCM, en la que se ha identificado como problema público la débil gobernanza de la Gestión del Riesgo de Desastres, y en la que se señala dentro de su:

  • Objetivo Prioritario (OP.3): Mejorar la implementación articulada de la gestión del riesgo de desastres en el territorio.
  • Lineamiento (L3.1): Implementar medidas para la optimización de la gestión del riesgo de desastres en los tres niveles de gobierno.

Por lo cual determina mediante la provisión de servicios, la elaboración de un programa de continuidad operativa del Estado, a cargo de todas las entidades en los tres niveles de gobierno.

Asimismo, el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres 2022-2030 aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2022-PCM contempla como:

  • Acción Estratégica Multisectorial (AEM 3.2): Fortalecer capacidades de las entidades del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres para la gestión de la continuidad operativa del Estado.
  • Actividad Operativa Multisectorial (AOM 3.2.1): Planes de continuidad Operativa implementados en las entidades del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.

Actualmente el Ministerio de Salud cuenta con el Plan de Continuidad Operativa vigente, aprobado con Resolución Ministerial N.° 970-2016-MINSA y tiene como:

Objetivo

Asegurar el funcionamiento de las operaciones, procesos y sistemas sustantivos del Ministerio de Salud y disminuir los riesgos para evitar que estas operaciones, procesos y sistemas colapsen. De esta forma, se fortalece la capacidad de respuesta, se garantiza la operatividad básica y minimiza los tiempos de recuperación de la operatividad en caso de interrupción.

La formulación del Plan de Continuidad Operativa del Ministerio de Salud, ha sido realizado de manera conjunta con la propuesta de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud y el Equipo Técnico Permanente del Grupo de Trabajo de Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud, integrado por representantes de las unidades orgánicas que conforman el Grupo de Trabajo de Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud.

Este plan ha sido concebido en el marco de la Gestión de la Continuidad Operativa del Estado, liderada por la Presidencia del Consejo de Ministros, y elaborado de conformidad con los contenidos recomendados en la Resolución Ministerial N° 028-2015-PCM, que aprueba los lineamientos para la gestión de la continuidad operativa de entidades públicas en los tres niveles de gobierno.