Modificaciones Presupuestarias: Consideraciones importantes respecto a habilitaciones.

Las habilitaciones pueden realizarse siempre que el pliego cuente con recursos en la APM para garantizar la continuidad de ejecución hasta la culminación, de los PI, IOARR y programas de inversión bajo el ámbito del Invierte.pe y de proyectos fuera de este que fueron materia de la habilitación.

De manera excepcional se puede habilitar:

Proyectos de inversión, IOARR y programas de inversión bajo el ámbito del Invierte.pe que no cuenten con Expediente Técnico – ET o Documento Equivalente - DE, siempre que los costos de los proyectos de inversión, las IOARR y los programas de inversión bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones que se habiliten no sea más del veinte por ciento (20%) de la cartera financiada con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2025.

Base legal

Artículo 11, numeral 11.3 de la Ley De Presupuesto Del Sector Público Para El Año Fiscal 2025, Ley 32185

Fuente:

Presentación del MEF en Intervención Multisectorial descentralizada

Chosica, Octubre de 2025