Modificaciones presupuestales, OPMI: Consideraciones importantes respecto a anulaciones

La OPMI debe considerar el siguiente orden:

1. Financiar inversiones que han sido financiadas en el año 2025 o en años anterior por la entidad del GN que corresponda y que cuente con contrato vigente.

2. Aquellas que han sido financiadas en el año 2025 o en años anteriores por la entidad del GN que corresponda y que cuenten con procesos de selección vigente.

3. Aquellas que no han sido financiadas en el año 2025 ni en años anteriores por la entidad del GN que corresponda.

Las entidades del GN son responsables de contar con los convenios vigentes para las inversiones materia de habilitación y de registrarlos en el Módulo de información de convenios. Asimismo, son responsables de programar recursos en los años subsiguientes, con cargo a su asignación presupuestaria multianual, para las inversiones materia de anulación y habilitación, hasta la culminación de las citadas inversiones, en el marco del cumplimiento de los convenios y adendas que corresponda suscribir.

Fuente:

Presentación de MEF en Intervención Multisectorial Descentralizada

Chosica 10 de Octubre 2025