Oficina de Desarrollo Tecnológico

Es la unidad orgánica dependiente de la Oficina General de Tecnología de la Información, encargada de impulsar, promover, diseñar y ejecutar proyectos de innovación, de sistemas de información, así como promover el gobierno digital y liderar la transformación digital institucional.

Funciones

  1. Elaborar planes, estrategias, programas y proyectos en materia de sistemas de información que soportan los procesos institucionales, de transformación digital e innovación tecnológica, de diseño de arquitecturas de software, aplicaciones, bases de datos y soluciones tecnológicas.
  2. Ejecutar acciones para la implementación y administración sistemas de información que soportan los procesos institucionales, de transformación digital e innovación tecnológica, de diseño de arquitecturas de software, aplicaciones, bases de datos y soluciones tecnológicas.
  3. Promover el uso de tecnologías emergentes para la mejora continua de los servicios electorales.
  4. Desarrollar e implementar plataformas digitales interoperables con entidades del Estado, conforme a los lineamientos del ente rector.
  5. Coordinar la gestión de proyectos informáticos y de servicios digitales, asegurando el cumplimiento de objetivos, plazos y calidad.
  6. Supervisar el cumplimiento de estándares de calidad, accesibilidad, eficiencia y seguridad en el desarrollo informático.
  7. Diseñar, proponer, administrar y actualizar la cartera de proyectos de innovación tecnológica, tecnologías digitales u otros de la entidad, según corresponda.
  8. Elaborar y realizar acciones para implementación del plan de gobierno digital.
  9. Implementar y mantener los servicios digitales, seguridad digital y la arquitectura digital de los sistemas de información.
  10. Elaborar estudios y proyectos para la optimización del uso de tecnologías digitales.
  11. Elaborar propuestas y diagnósticos sobre mejores prácticas de gobierno y transformación digital.
  12. Diseñar lineamientos, directivas, protocolos y otros documentos de gestión sobre gobierno digital, en coordinación con el órgano competente.
  13. Realizar las acciones para la asistencia técnica, absolución de consultas y emisión de la opinión técnica de la Oficina General de Tecnologías de la Información, en el ámbito de su competencia.
  14. Las demás funciones que le asigne de la Oficina General de Tecnologías de la Información y aquellas que le sean dadas por normativa expresa.