Municipalidades de Frontera e Integración

Las municipalidades de frontera, es decir, aquellas que funcionan en las provincias o los distritos limítrofes con un país vecino, pueden celebrar convenios y protocolos de integración entre sí y con sus similares nacionales, con la asistencia técnica de la Secretaría Descentralización, e internacionales, con participación del Ministerio de Relaciones Exteriores, con el objeto de promover el intercambio de experiencias sobre la gestión municipal y planes de desarrollo conjunto, así como brindar o recibir apoyo financiero y asistencia técnica.

Base legal

Artículo 136 y 137 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972