Qué constituye renta de una municipalidad

Los siguientes conceptos:

1. Los tributos creados por ley a su favor, al respecto, es importante revisar el TUO de la Ley de Tributación Municipal, D.Leg 776.

2. Las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su concejo municipal,

los que constituyen sus ingresos propios.

3. Los recursos asignados del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN).

4. Las asignaciones y transferencias presupuestales del gobierno nacional.

5. Los recursos asignados por concepto de canon y renta de aduana.

6. Las asignaciones y transferencias específicas establecidas en la Ley Anual de Presupuesto, para atender los servicios descentralizados de su jurisdicción.

7. Los recursos provenientes de sus operaciones de endeudamiento, concertadas con cargo a

su patrimonio propio, y con aval o garantía del Estado y la aprobación del Ministerio de Economía

y Finanzas cuando se trate de endeudamientos externos,

8. Los recursos derivados de la concesión de sus bienes inmuebles y los nuevos proyectos, obras o servicios entregados en concesión.

9. Los derechos por la extracción de materiales de construcción ubicados en los álveos y cauces de

los ríos, y canteras localizadas en su jurisdicción.

10. El íntegro de los recursos provenientes de la privatización de sus empresas municipales.

11. El peaje que se cobre por el uso de la infraestructura vial de su competencia.

12. Los dividendos provenientes de sus acciones.

13. Las demás que determine la ley.

Base legal

Artículo 69 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972