Solicitar acceso a la información pública

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Puedes acceder a la información de las instituciones del Estado según el principio de transparencia y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública.

Las entidades públicas tienen hasta 10 días hábiles para responderte. Si no pudieran atenderte en ese tiempo por casos excepcionales (como información difícil de conseguir), tienen 2 días hábiles contados desde que presentaste tu solicitud para decirte la fecha en que te puedes acercar a recoger la información y darte los motivos por los que no pueden atenderte dentro del plazo.

Ten en cuenta que no puedes solicitar la siguiente información:

  • Información que afecte la intimidad personal y/o familiar de otras personas.
  • Información que involucre temas de inteligencia y/o seguridad nacional.
  • Información clasificada en el ámbito militar.
  • Información de negociaciones internacionales.
  • Información protegida por el secreto bancario, tributario, comercial, industrial, tecnológico y bursátil.
  • Investigaciones en curso de la Administración Pública que se hayan iniciado hace menos de 6 meses sin que se haya dictado una resolución final.
  • Información de asesores jurídicos o abogados que puedan revelar la estrategia de la Entidad Pública ante un proceso administrativo o judicial.
  • Información señalada por la Constitución o por una Ley aprobada por el Congreso de la República.

Requisitos

Es importante que tu solicitud contenga un pedido claro y preciso de la información pública que haya sido creada u obtenida por la Contraloría General de la Republica o que se encuentre en su posesión o bajo su control. En caso no sea así, se observará la solicitud y se otorgará un plazo de dos días hábiles para subsanar la observación recibida. Además, conocer que la información de los Órganos de Control Institucional – OCI debe solicitarse al funcionario responsable de acceso a la información-FRAI de la entidad donde se encuentre ubicado y no a la Contraloría General de la República.

Solicita la información

Las solicitudes de acceso pueden presentarse presencialmente a través de la mesa de partes física situada en las diversas sedes a nivel nacional. También puedes hacer la solicitud desde la mesa de partes virtual.

Puedes hacer seguimiento a tu solicitud, realizada de manera virtual o presencial, con tu número de expediente.

Modalidad: Online

Importante
  • De acuerdo con la Ley de Protección de Datos Personales, Ley N° 29733 es posible que parte de la información que solicites, antes de su entrega, tenga que tratada para disociarla o anonimizarla si esta información afecta la intimidad personal o familiar de las personas.

  • No debes confundir el derecho de acceso a la información pública con el derecho de petición administrativa, el derecho de autodeterminación informativa, el derecho de solicitar la emisión de constancias, el derecho a formular consultas, o proceso de selección de personal o el seguimiento de expedientes. Estos otros derechos tienen otros plazos y otro procedimiento.

  • Si elegiste recibir la información por fotocopia o CD y la Contraloría te comunicó la entrega, debes de realizar el pago en la Cuenta Corriente N° 0000282758 del Banco de la Nación o en el área de tesorería. Si no pagas o, habiendo pagado, no solicitas la entrega de información o no la recoges dentro del plazo de 30 días hábiles, la solicitud será archivada y tendrás que reiniciar el trámite.