Código de ética del Osiptel

Todos los funcionarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) tienen la obligación de seguir el código de ética de la entidad, la misma que se define en los siguientes puntos:

  • Actuar con probidad, neutralidad y transparencia en el cumplimiento de las funciones que desempeñan al servicio de la institución.
  • Actuar con justicia, responsabilidad y eficiencia para atender los requerimientos de los usuarios, de las empresas y del público en general, para el mejor desarrollo del mercado y la política del sector telecomunicaciones.
  • Tener la más alta capacidad de entrega y profesionalismo para atender los asuntos que la institución les confía.
  • Asumir con responsabilidad y reserva el manejo de la información que administra la institución, estando su difusión sujeta a la autorización del órgano competente, de conformidad con la normativa vigente.
  • No aceptar beneficios y/o situaciones que comprometan el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo.

Este código responde a la Ley del código de ética de la función pública y al Decreto Supremo N° 033-2005-PCM que la aprueba, así como a la Ley de Protección al Denunciante aprobada por Decreto Supremo N° 038-2011-PCM.