Solicitar capital de defunción D.L. N° 19990
Este es un pago único que se brinda en caso de no haber familiares beneficiarias o beneficiarios de una pensión y se otorga al primer familiar siguiendo este orden:
- La o el cónyuge o conviviente con declaración de unión de hecho.
- Las hijas y los hijos.
- La madre y/o el padre.
- Las hermanas y los hermanos menores de 18 años de edad.
El capital de defunción será equivalente a seis remuneraciones de referencia con el tope de la pensión máxima mensual. Actualmente, la pensión máxima mensual es de S/ 893.00 .
Requisitos
Si la o el fallecido no era pensionista:
- Solicitud según Formato, que incluye declaración jurada de autenticidad de documentos.
- Copia simple de los documentos que acrediten la relación laboral y/o declaración simple que consigne el vínculo laboral. Entre los documentos que la/el asegurada/o puede adjuntar para acreditar su relación laboral se encuentran: certificados de trabajo, boletas de pago de remuneraciones, liquidación de tiempo de servicios o de beneficios sociales, constancias de aportaciones de la Oficina de Registro y Cuenta Individual Nacional de Empleadores Asegurados (ORCINEA) emitido por el Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) o de EsSalud o cualquier documento público conforme al artículo 235° del Código Procesal Civil.
- Copia simple de los Certificados de Pago Regular (CPR), Certificados de Pago Especial (CPE) u otros comprobantes de pago emitidos por el ex Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) o EsSalud, siempre que dicha información no se encuentre en los sistemas que administra la Oficina de Normalización Previsional.
Si la o el fallecido era pensionista:
- Solicitud según Formato.
Modalidad: Online
Antes de iniciar, debes saber:
Deberás ingresar tus datos en el formulario virtual.
Un asesor te contactará para brindarte orientación sobre la presentación de tu solicitud, a través de una llamada o correo electrónico. De corresponder, enviarás tus documentos a través de un correo electrónico.
En un periodo máximo de 1 año y 3 meses (455 días calendario) se te informará el resultado mediante una resolución que llegará a tu correo o a tu domicilio.
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