Crear una nueva unidad orgánica en una Municipalidad

A través de una modificación al Reglamento de Organización y Funciones (ROF), se pueden crear nuevas unidades en la organización de una municipalidad.

Requisitos

Para ello, la gerencia de planificación y presupuesto (o la unidad que cumpla sus funciones) deberá solicitar la opinión legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y elaborar los siguientes documentos:

  • Informe Técnico Sustentatorio por modificación parcial.
  • El proyecto de ROF.
  • El proyecto de dispositivo legal aprobatorio del ROF (ordenanza).

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Prepara la documentación solicitada

La gerencia de planificación y presupuesto desarrolla el Informe Técnico Sustentatorio por modificación parcial, el proyecto de ROF y el proyecto de ordenanza para la aprobación del ROF, los cuales deberán tener opinión favorable del área de asesoría jurídica.

En el proyecto de ROF se deberá especificar el nombre de la unidad orgánica (gerencia o subgerencia), las funciones que tendrá, e indicar si está a cargo de un funcionario de confianza o no. Si se trata de una subgerencia, se deberá indicar de qué gerencia depende. Puedes ver un ejemplo:

  • Nombre: Subgerencia de Fiscalización Tributaria.
  • Definición: Es la unidad orgánica encargada de dirigir, ejecutar y controlar las acciones de fiscalización tributaria con el objetivo de propiciar una conducta de responsabilidad tributaria y reducir la evasión. Es responsable de fiscalizar la veracidad de la información proporcionada en las declaraciones juradas y detectar a los contribuyentes morosos, omisos y evasores de tributos a fin de ampliar progresivamente la base tributaria. Está a cargo del Sub Gerente de Fiscalización Tributaria, quien depende del Gerente de Administración Tributaria”.
  • Funciones: a) Formular y ejecutar el Plan Operativo de la unidad orgánica a su cargo. b) Diseñar, proponer, conducir, ejecutar y evaluar los programas y acciones de Fiscalización Tributaria y aplicar las sanciones propias del ejercicio de sus funciones . c) Determinar el hecho generador de la obligación tributaria. d) Efectuar acciones para detectar omisos e infractores de las obligaciones tributarias municipales. e) Notificar a los contribuyentes las omisiones tributarias detectadas. f) Formular y proponer directivas propias de sus funciones. g) Otras funciones que le asigne el Gerente de Administración Tributaria.
2. Elevar los documentos a la gerencia municipal y alcaldía

Los documentos señalados en el punto anterior deberán ser enviados a la Gerencia Municipal, la cual se encargará de entregarlos al Alcalde. De ser aprobados por el Alcalde, serán remitidos a la Comisión de Regidores.

3. Revisión y aprobación de la ordenanza

La Comisión del Concejo Municipal deberá emitir un dictamen sobre la propuesta de modificación del ROF, la cual será enviada al alcalde para que sea puesto en agenda del Concejo Municipal. El dictamen y los informes serán distribuidos a todos los miembros del Concejo.

En Sesión de Concejo se debatirá la propuesta del ROF y se realizará una votación para la aprobación. En caso de que sea aprobada, el alcalde emite el documento oficial y dispone su registro y publicación.