SUBGERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA - SGSC
Subgerencia de Seguridad Ciudadana
La Subgerencia de Seguridad Ciudadana, es la unidad orgánica responsable de promover la participación organizada de la ciudadanía, a fin de generar una cultura cívica, responsable y vigilante de los asuntos de la gestión local, destinada a asegurar la convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, contribuyendo a la prevención de la comisión de faltas y delitos. Depende de la Gerencia de Desarrollo Social y Servicios Municipales.
Funciones de la Subgerencia de Seguridad Ciudadana
a) Planificar, organizar y dirigir la formulación, seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan de Seguridad Ciudadana, en el marco del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana y en concordancia con el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana.
b) Programar, organizar, dirigir y controlar los planes, programas y actividades relacionadas con la participación de los vecinos en acciones de seguridad ciudadana promoviendo y consolidando la formación de comités vecinales de seguridad ciudadana y de agentes voluntarios de seguridad ciudadana.
c) Ejercer la Secretaría Técnica del Comité Provincial de seguridad ciudadana - COPROSEC, acorde a los lineamientos emanadas del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, articuladas a los gobiernos locales.
d) Planificar, organizar y ejecutar acciones preventivas de vigilancia y patrullaje integrado, en coordinación con la Policía Nacional del Perú que contribuyen a garantizar la seguridad e integridad física de los vecinos.
e) Desarrollar acciones de protección y seguridad ciudadana en coordinación con el comité de seguridad ciudadana, la Política Nacional, las juntas vecinales, la población y otros actores sociales y en concordancia con lo establecido en el plan nacional de sistema de seguridad ciudadana.
f) Dirigir, supervisar y evaluar el sistema de seguridad ciudadana con participación de la sociedad civil y de la Política Nacional y los servicios de serenazgo.
g) Controlar los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana o similares, de la jurisdicción, de acuerdo a ley.
h) Proponer y ejecutar los programas de instrucción y entrenamiento permanente del personal de seguridad.
i) Apoyar el cumplimiento de las normas de seguridad ciudadana en eventos públicos de naturaleza comercial, deportiva, social, cultural y religioso.
j) Prestar servicio de video vigilancia y radiocomunicación como acciones disuasivas y preventivas.
k) Formular el respectivo parte de ocurrencia de todas las incidencias que se produzca durante su turno de servicio.
l) Apoyar a la Policía Nacional del Perú para viabilizar el tránsito en caso de necesidad y urgencia (congestión, accidente de tránsito, desastres naturales y otros eventos).
m) Acudir a prestar el apoyo que solicitan los vecinos en casos de atentados contra la tranquilidad pública y buenas costumbres.
n) Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
o) Las demás que le asigne el/la Gerencia de Desarrollo Social y Servicio Municipales en el marco de sus competencias o aquellos que le corresponda por norma expresa.