SUBGERENCIA DE REGISTRO CIVIL – SGRC
Subgerencia de Registro Civil
La Subgerencia de Registro Civil, es la unidad orgánica encargada de las actividades y procedimientos de registro civil en el ámbito de su competencia. Depende de la Gerencia de Desarrollo Social y Servicios Municipales.
Funciones de la Subgerencia de Registro Civil
a) Coordinar, organizar, ejecutar y controlar, las actividades relacionadas con los registros civiles, dentro del marco legal correspondiente.
b) Diseñar y proponer lineamientos y/o mecanismos para una correcta aplicación de la normatividad vigente en materia de registro civil e identificación.
c) Organizar, clasificar y ordenar los documentos de registro civil de acuerdo a la temporalidad y otros criterios establecidos para mejorar el desempeño de competencias y funciones.
d) Registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modifiquen el Estado Civil de las personas, así como las Resoluciones Judiciales o Administrativas que de ellos se refieran susceptibles de inscripción y los demás actos que señala las normas vigentes en la materia.
e) Transcribir las sentencias judiciales de divorcio, así como las rectificaciones tanto administrativas como judiciales de nacimientos, matrimonios y defunciones.
f) Realizar las depuraciones por avisos registrales de matrimonio y defunción.
g) Organizar la apertura de pliego matrimonial, calificación de expediente, inscripción y la celebración de matrimonios civiles.
h) Elaborar las estadísticas mensuales de los hechos como matrimonios, divorcios, fallecidos y reportar al Ente rector correspondiente.
i) Expedir certificaciones de documentos relacionados al registro de nacimientos, matrimonios y defunciones, separación convencional y divorcio ulterior, que se encuentran en los archivos del Registro Civil de la municipalidad.
j) Programar, coordinar y realizar los matrimonios civiles, individuales o masivos, de acuerdo al marco legal establecido.
k) Realizar inscripciones judiciales, adopciones, reconociendo legitimaciones de acuerdo a ley.
l) Emitir las resoluciones registrales de acuerdo a su competencia, así como las constancias de inscripciones y no inscripciones correspondientes.
m) Analizar y guiar la rectificación de partidas de nacimientos, matrimonios y defunciones por orden judicial, por escritura pública notarial y, por error u omisión administrativa.
n) Conservar y proteger los libros de registros y documentos (archivo) en los que están registrados los hechos vitales, utilizando sistemas y métodos computarizados.
o) Emitir actos administrativos en el marco de su competencia y acorde a ley.
p) Las demás que le asigne el/la Gerente de Desarrollo Social y Servicios Municipales en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.