Disposiciones de protección ante una denuncia por presunta participación en un acto de corrupción
Si presentaste una denuncia contra un integrante de la entidad pública en la que laboras por la comisión de un presunto acto de corrupción, puedes solicitar medidas de protección al iniciar el trámite, siempre que hayas optado por revelar tu identidad. La confidencialidad de tu identidad está garantizada, sin necesidad de requerirla expresamente.
La entidad pública tiene la obligación de evaluar si corresponde otorgar protección y, de ser procedente, podrá brindarte hasta dos tipos de medidas de resguardo.
Estas medidas de protección pueden ser amparadas o denegadas previa evaluación sobre el cumplimiento de los presupuestos procesales de trascendencia, gravedad y verosimilitud:
- Trascendencia: evalúa si el no aplicar la medida de protección puede suponer un riesgo o peligro cierto e inminente a tus derechos.
- Gravedad: considera el grado de posible afectación por un acto de corrupción a un bien jurídico protegido.
- Verosimilitud: toma en cuenta el grado de certeza de la ocurrencia de los hechos alegados y la afectación de los bienes jurídicos.
Laboral:
- Tu traslado temporal o de la persona denunciada a otra unidad orgánica sin afectar tus condiciones laborales o de servicio, ni el nivel de tu puesto.
- Renovación de tu relación contractual, convenio de prácticas pre o profesionales, voluntariado o similar, si existe amenaza de no-renovación.
- Licencia con goce de remuneraciones o exoneración de la obligación de asistir al centro donde labora la persona denunciada, si su presencia representa un riesgo cierto e inminente para resolver la denuncia.
- Cualquier otra que resulte conveniente a fin de protegerte.
Contratación pública:
La entidad te ofrecerá garantías sobre tu posición como postor en un proceso de contratación o tu relación contractual establecida con esta, separando o apartando a las personas que tengan a su cargo dicho proceso.