Qué ocurre con las mercancías no declaradas o distintas a lo declarado

Los pasajeros y tripulantes que llegan al Perú deben presentar la Declaración Jurada de Equipaje (formato gratuito que entrega la empresa transportista), si traen en sus equipajes bienes de la lista de mercancías por declarar.

La Sunat está facultada para revisar al pasajero, tripulante y los equipajes que traigan consigo, en cualquier momento del proceso de control.

Las mercancías no declaradas serán incautadas por la autoridad aduanera y, para recuperarlas, se debe pagar los impuestos correspondientes así como una multa equivalente al 50% del valor en aduana de las mercancías, previo cumplimiento de las formalidades aduaneras.

La omisión o falsedad al declarar dinero en efectivo o en instrumentos financieros negociables, dará lugar a la retención temporal de éstos y a la sanción equivalente al 30% del valor no declarado, sin contar las acciones civiles o penales que se puedan generar.

La norma que regula el ingreso de dinero es el Reglamento de la Obligación de Declarar el Ingreso o Salida de Dinero en Efectivo y/o Instrumentos Financieros Negociables Emitidos al Portador.