Autorización para investigar flora o fauna silvestre fuera de áreas naturales protegidas
Si desea realizar un proyecto de investigación científica sobre flora o fauna silvestre, fuera de un área natural protegida (ANP), que involucre especies amenazadas o listadas en los Apéndices de la CITES, o que parte de la metodología de estudio implique el uso de herramientas moleculares, o que abarque más de un ámbito geográfico; debe solicitar la autorización ante el Serfor y tener en cuenta los formularios F51 o F52, aprobados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Serfor. El trámite es gratuito.
Si su objeto de estudio no incluye estos casos, puede solicitar la autorización a las Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre (ATFFS) o a los gobiernos regionales (GORE) de la jurisdicción de su proyecto, para lo cual debe presentar el formulario F50. El trámite es gratuito.
Requisitos
- Solicitud con carácter de declaración jurada dirigida a la autoridad competente, que contenga la hoja de vida del investigador principal, relación de investigadores y el plan de investigación.
- Carta de presentación de los investigadores participantes expedida por la institución científica de procedencia.
- Documento que acredite el consentimiento informado previo, expedido por la respectiva organización comunal representativa, de corresponder.
- En caso la solicitud sea presentada por un investigador extranjero, también debe adjuntar el documento que acredite el acuerdo entre las instituciones que respaldan a los investigadores nacionales y extranjeros.
Para más detalle sobre esta autorización, puede revisar el documento titulado Guía Práctica: La ruta para investigar la biodiversidad de flora y fauna silvestre fuera de áreas naturales protegidas.
Modalidad: Online
Hazlo de forma digital:
Cuando corresponde solicitar a la sede central del SERFOR y ATFFS, ingrese a la mesa de partes virtual con su usuario y contraseña. Luego, haga clic en Registro de solicitud y adjunte los requisitos en formato PDF. Finalmente, acepte los términos y condiciones, y haga clic en Enviar.
Una vez enviado el documento, recibirá un número de expediente para que pueda hacerle seguimiento.
Tenga presente que puede enviar sus documentos las 24 horas del día, pero el horario de recepción es de lunes a viernes, de 8:30 am a 4:30 pm. Pasado este horario, sus documentos serán registrados a partir del día hábil siguiente.
También puedes hacerlo presencialmente:
Modalidad: Presencial
- Dirígete a la mesa de partes del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), ubicada en Av. Javier Prado Oeste 2442, Urb. Orrantia, Magdalena del Mar, de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 4:30 p.m., y presenta tus documentos. Recibirás un número de expediente con el que podrás hacerle seguimiento a tu pedido.
- Las solicitudes que corresponden ser atendidas por las ATFFS y GORE, pueden ser ingresadas a través de la mesa de partes presencial. Descargue aquí el directorio.
- Los plazos de atención de las solicitudes que corresponden ser atendidas por las ATFFS y GORE (Formulario 50) son de 7 días hábiles. Las solicitudes que no impliquen colecta de material biológico (Formulario 51) son de 15 días hábiles y cuando se realice colecta (Formulario 52) son de 30 días hábiles.
- Recibirá en su correo la respuesta de la evaluación de su solicitud dentro de los plazos señalados.