06.2.5 Oficina de Tecnologías de Información y Comunicación

La Oficina de Tecnologías de Información y Comunicaciones es la unidad orgánica de apoyo responsable de coordinar, organizar, ejecutar y controlar la implementación, desarrollo y mantenimiento de los sistemas para la gestión de los procesos de la municipalidad, así mismo promover el máximo acceso y uso de la tecnología de la información por parte de los ciudadanos e integrantes de la gestión municipal. Depende de la Oficina General de Administración

Funciones de la Oficina de Tecnologías de Información y Comunicaciones

Son funciones de la Oficina de Tecnologías de Información y Comunicaciones las siguientes:

a) Elaborar, proponer, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional de la Oficina de Tecnologías de Información y Comunicaciones.

b) Formular, proponer y ejecutar el plan de gobierno digital en concordancia con los objetivos estratégicos institucionales y las necesidades de los órganos de la municipalidad.

c) Formular, proponer, ejecutar y evaluar los planes informáticos en concordancia con los objetivos institucionales y necesidades de los órganos de la municipalidad.

d) Identificar y evaluar necesidades y oportunidades de implementación de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) a nivel institucional.

e) Cumplir con las normas, estándares y directivas emitidas por el ente rector del Sistema Nacional de Transformación Digital.

f) Elaborar y actualizar directivas, metodologías y estándares para la gestión de los recursos informáticos.

g) Administrar los recursos informáticos, así como proveer el soporte técnico requerido para los usuarios y recursos.

h) Promover y coordinar acciones con los demás órganos para la adecuada gestión de la seguridad de la información.

i) Asesorar con herramientas informáticas y necesidades de capacitación en acciones de transparencia, gobierno digital, entre otras, que permitan mejorar las intervenciones de la municipalidad.

j) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia.

k) Otras funciones que le asigne el/la Jefe/a de la Oficina General de Administración dentro del ámbito de sus competencias y aquellas que le sean dadas por normativa expresa.