02.4 Comité Provincial de Seguridad Ciudadana
El Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades en materia de seguridad ciudadana en el ámbito provincial. Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel provincial. El Alcalde Provincial, es quien presidirá el Comité, el cargo de Presidente del COPROSEC es indelegable, bajo responsabilidad.
Funciones del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana
Son funciones del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana las siguientes:
a) Proponer ante la municipalidad la aprobación del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y provincial, y articulado con los instrumentos del SINAPLAN.
b) Proponer ante la municipalidad la aprobación de planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana de relevancia provincial, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población.
c) Estudiar y analizar la problemática de seguridad ciudadana de su jurisdicción, en coordinación con los comités distritales de seguridad ciudadana.
d) Promover la articulación interinstitucional a nivel provincial para el cumplimiento de los compromisos establecidos en los planes y programas.
e) Realizar de manera ordinaria, por lo menos una (01) consulta pública trimestral para informar sobre las acciones, avances, logros y dificultades en materia de seguridad ciudadana a nivel provincial, debiendo para tal efecto convocar a las organizaciones vecinales, sociales, religiosas, culturales, educativas y deportivas, coordinadores zonales de seguridad ciudadana, integrantes de mesas de concertación, en los lugares donde exista, entidades del sector comercial y empresarial, instituciones privadas y otras que estime pertinente.
f) Informar trimestralmente a la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), a través del Presidente del Comité, respecto del cumplimiento e implementación de las políticas nacionales, regionales y provinciales de seguridad ciudadana, así como del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana.
g) Elaborar el informe trimestral de cumplimiento de los planes, programas y proyectos distritales de Seguridad Ciudadana, presentados por las Secretarias Técnicas de los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana.
h) Formular el informe de Evaluación de Desempeño de los integrantes del COPROSEC para su remisión trimestral a la Secretaría Técnica del CORESEC.
i) Dirigir los procesos de implementación, monitoreo, evaluación y ajuste del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, sobre la base de los lineamientos establecidos por la Secretaría Técnica del CORESEC.
j) Colaborar con la Policía Nacional del Perú en los asuntos que le solicite en materia de seguridad ciudadana.
k) Otras funciones que se le asigne y corresponda por norma expresa.